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La documentación
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El llamado papeleo puede darnos más de un dolor de cabeza, sobre todo si lo trasladamos al terreno hipotecario. Por ello, es conveniente saber con qué nos vamos a encontrar.
Cuando decidimos adquirir una vivienda, debemos mentalizarnos de que pasarán por nuestras manos muchos documentos; algunos procederán del vendedor o del banco, otros los tendremos que buscar nosotros. En el caso de la solicitud del préstamo, los trámites pueden crearnos más de un problema, sobre todo si no sabemos de qué nos están hablando y qué es lo que nos piden. Veamos, así, qué tipos de documentos son los que se manejan en este proceso. Folleto informativo Es un documento que los bancos están obligados a poner a disposición de los solicitantes. En él, se debe informar de los datos relacionados con el préstamo y los gastos de la operación, además de:
Oferta vinculante Es la que debe realizar por escrito la entidad bancaria, una vez analizada toda la información y decidida la oferta. Su plazo de validez es de 10 días y contendrá las cláusulas financieras que después aparecerán en el contrato de préstamo.Los datos que, como mínimo, debe proporcionar la oferta vinculante son:
Contrato de préstamo Cuando ya se ha aceptado la oferta del banco, este contrato se debe formalizar en escritura pública. El notario debe comprobar que no hay discrepancias entre las condiciones financieras de la oferta vinculante y las cláusulas financieras del contrato. El cliente dispondrá, además, de tres días para analizar el contrato antes de firmarlo.Para que la hipoteca quede completa, se deben realizar los siguientes trámites:
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