Hipotecas |
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Tipos de hipoteca
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| Las entidades bancarias ofrecen diferentes posibilidades de financiación para poder hacer realidad la compra de una casa. Veamos los casos más comunes en nueva obra. Un joven que se quiera independizar, una familia a la que se le ha quedado pequeño el hogar... Son muchas las situaciones en las que se puede encontrar un solicitante de hipoteca. Aunque algunas son más comunes que otras. Lo habitual Cuando se trata de la compra de la primera vivienda, se suele solicitar un crédito personal al máximo de años que el banco conceda, siempre teniendo en cuenta que esta opción resulta bastante cara: los primeros años pagamos sólo intereses. Sin embargo, esquivamos la subida de precio que el inmueble tendría mientras pagamos intereses.Cuando el futuro residente vaya a escriturar, deberá solicitar una nueva tasación y ampliar la hipoteca, cancelando en ese momento el crédito personal. Para el cambio de casa Porque ya no nos gusta la zona, porque se nos ha hecho pequeña o, simplemente, por antojo, muchos de nosotros decidimos, en algún momento de nuestra vida, cambiar de hogar. Puede pensarse: otra vez a buscar, a visitar, a solicitar una hipoteca... y la cosa no es tan difícil, siempre y cuando la vivienda que se vaya a comprar esté ya construida y sea de entrega inmediata. Si la hipoteca cubre el 80 por ciento de la tasación, no pagaríamos nada hasta la venta del piso que poseamos. Si cubre el 60 por ciento, se pagarían o bien intereses o bien capital e intereses mensualmente.Hipotecas con carencia Consisten en tasar la casa que se vende y solicitar el dinero que se necesita para la compra de la nueva, del que en uno o dos años, por lo general –ahora se ofrecen incluso cinco-, sólo se pagarían intereses.Sin olvidar que... En la compra e una vivienda de nueva construcción, tenemos la facilidad de fraccionar la entrada que se requiera. Sin embargo, no debemos olvidar que la mayoría de los bancos y cajas de ahorros ofrecen hipotecas que sólo cubren el 80 por ciento del valor del inmueble, correspondiendo el resto a la parte que se debería entregar al promotor.A todo esto se suman el 11 por ciento que deberemos aportar para gastos: el siete por ciento de IVA, gastos de notaría, registro, subrogación y gestoría, entre muchos otros. |





