Datos sobre la amortización, el capital o los intereses son algunos de los aspectos deben quedar plasmados en la oferta que realice el banco una vez realizada la tasación y admitida la concesión del préstamo. Profundicemos en él y veamos qué debe contener.
Una vez superada la prueba de la tasación, deberemos superar el último obstáculo: la aprobación del préstamo por parte de la entidad financiera. Si la respuesta es afirmativa, emitirá una oferta contractual, la oferta vinculante, que se entregará por escrito y será válida durante 10 días. Esta oferta vinculante incluirá los aspectos financieros que luego se plasmarán en el contrato, pudiendo el cliente examinarlo durante tres días antes de su firma.
A partir de ese momento, el comprador tiene los datos suficientes para saber si prosigue o rechaza la oferta. En caso de aceptarla, el cliente debe saber qué debe incluir el contrato.
Capital del préstamo
Los datos que el contrato debe incluir referentes a este aspecto son:
- Importe: capital que la entidad bancaria va a prestar al cliente.
- Forma de entrega: modo en que el cliente entregará el importe del préstamo. Normalmente se realiza a través de pago en cuenta corriente, aunque hay casos en los que se exige abrir una cuenta específica, caso en el que no se cobrarán en ella comisiones de mantenimiento, de apertura o similares.
Amortización
Es uno de los aspectos que más preocupa al cliente. Por eso, el contrato debe escarbar bien el él y señalar:
- Fechas: si están fijadas de antemano, el contrato señalará las fechas del primer y último pago. En caso de contratarse una hipoteca a interés variable, es posible que no se conozca la fecha del último pago, ya que el plazo varía en función del interés.
- Cuotas: si están fijadas de antemano, se especificará el número de cuotas, así como su cuantía y periodicidad.
- Reembolso anticipado: se especificará la fecha del inicio para poder ejercer dicha facultad de reembolso, .a cantidad que deba satisfacer el prestatario a la entidad prestamista por ejercerla (distinguiéndose entre parcial y total) y, en caso de ser parcial, la cuantía mínima y el modo en que se alterará el importe o número de cuotas de amortización.
- Prolongación del calendario de amortización: el contrato recogerá las facultades que se reconozcan al prestatario para prolongar el período de amortización y las condiciones para hacerlas efectivas.
Intereses
Algunos de los aspectos referentes a los intereses que el contrato debe incluir son:
- Tipo de interés anual aplicable al préstamo. Se especificará, además, si es fijo o variable y si lo es durante un período o durante la totalidad del préstamo.
- Vencimiento de los intereses: se especificará su fecha de comienzo así como su periodicidad, forma de liquidación ordinaria. También se especificará la fórmula empleada para obtener el importe absoluto de los intereses devengados.
- Días del año en caso de que el cálculo de los intereses devengados durante períodos que no comprendan el año sea necesario convertir a diario el tipo de interés variable.
- Si el interés es fijo: se señalará la cuota total que deberá pagar el cliente y el coste efectivo de toda la operación.
- Si el interés es variable: se definirá, identificará y ajustará el tipo de interés aplicable.
También se especificarán los límites a la variación del tipo de interés aplicable y el umbral mínimo de fluctuación y redondeos. Además, contrato deberá recoger el modo en que dará a conocer al deudor el tipo de interés aplicable a su propio préstamo en cada período y si hay un procedimiento al que pueda recurrir el cliente si no está de acuerdo con el cálculo del tipo de interés que se va a aplicar.
Comisiones
No se suele prestar mucha atención a este componente a pesar del papel que pueden llegar a desempeñar en una hipoteca. De hecho, el contrato debe incluir:
- Comisión de apertura.
- Comisión de cancelación y máximos legales.
- Otras comisiones: éstas deberán responder a otro servicio prestado por la entidad financiera y estar comunicadas al Banco de España.
Gastos del prestatario
Se deberán especificar los gastos pendientes del prestatario, entre los que destacan los de tasación, los impuestos, los gastos de gestión, los de seguro de vida, etc.
Otros asuntos
El documento contractual también deberá hacer referencia a otros aspectos:
- Resolución anticipada: el contrato también recogerá los motivos especiales por los que el banco pueda resolver el documento de forma anticipada.
- Intereses de demora: se trata de los intereses adicionales sobre las cuotas que el cliente no ha pagado. El contrato deberá, por tanto, señalar este tipo de interés o su forma de cálculo, además de su forma de liquidación y la base sobre la que se aplicará.
|